Queda excluída la cobertura del seguro si el demandado no poseia carnet habilitante para conducir.
Constituye presupuesto esencial del amparo, que el conductor posea idoneidad para el manejo, pues en caso contrario el riesgo se vería agravado y podría resultar inasegurable. La función social que posee el contrato de seguro no constituye argumento suficiente para omitir una cláusula de exclusión de cobertura como lo es la carencia de habilitación para conducir, máxime cuando la exigencia de carnet habilitante configura una obligación de origen legal de obligatoria vinculación para el conductor.
Resulta revelador la importancia de poseer registro habilitante, su emisión o reválida conlleva un control de la capacidad psicofísica de su portador, que revela dicho instrumento público
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Villagrán, Enrique Omar y Otro c/ Chandía, José Ricardo y Otro s/ Daños y perjuicios