Rechaza el recurso extraordinario deducido por un banco contra la sentencia que hizo lugar a la demanda iniciada por una asociación de consumidores y le ordenó dejar de aplicar a sus clientes de tarjetas de crédito intereses que excedan el límite previsto por el artículo 16 de la ley 25.065, que regula los mencionados instrumentos financieros, condenándolo a reintegrar las sumas percibidas en violación a dicho tope adicionando intereses sobre los importes mal cobrados en virtud del principio de reciprocidad de trato establecido en el art. 26 de la Ley de Defensa del Consumidor. Considera que el recurso interpuesto es inadmisible de acuerdo a lo previsto en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
http://www.saij.gob.ar/limitan-intereses-bancos-cobran-usuarios-tarjeta-credito-nv14532-2016-05-17/123456789-0abc-235-41ti-lpssedadevon?utm_source=newsletter-semanal&utm_medium=email&utm_term=semanal&utm_campaign=jurisprudencia-federal