Ejecución de cheque perdido. Derecho del portador al cobro judicial.

La denuncia de la pérdida o extravío de un cheque no priva al papel de su fuerza ejecutiva, ni habilita a repeler su cobro por vía judicial cuando no se imputa al portador dolo o mala fe en su adquisición, ni se acredita la promoción del proceso de cancelación de título. Aun cuando el ejecutado invoque mala fe en la adquisición del título por el portador, la exceptio doli no resulta defensa oponible en la vía ejecutiva.

Pues tratándose de obligaciones cambiales, tanto la buena fe como la existencia de la causa se presumen. Cuando en la cadena de endosos aparece uno tachado es una alteración lícita, autorizada expresamente por la Ley de Cheques; en el caso el endoso tachado no tiene ningún efecto sobre la legitimación del nuevo portador legitimado, beneficiario del último endoso, pues a esos fines se considera no escrito.

CAMARA DE PAZ LETRADA. SAN JUAN, SAN JUAN

Magistrados: Tonelli, María Esthela – Rusansky de Bustos Cano, Alicia

SENTENCIA del 4 de Noviembre de 2013 «TOLEDO, Omar Mario c/ Construcciones Electrometalúrgicas Mulet S.R.L. s/ Ejecutivo»
Fuente SAIJ: id FA13280198

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